Vejaciones a través de la red social Tuenti

El pasado 21 de febrero el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 4 de Segovia ha dictado sentencia, en un Juicio de Faltas, por la que condena a dos adolescentes a indemnizar a otra joven, en cuantía de 18.284,22 €, por el daño moral que considera que le han causado al humillarla a través de un perfil falso en la red social Tuenti.

La Jueza que ha dictado esta sentencia ha entendido que ambas denunciadas simularon el perfil de la perjudicada haciéndose pasar por ella con el único ánimo de mofa, para lo cual subieron cometarios riduculizantes como si fuera ella quien los publicaba, lo que, a parte de poder dañar la imagen de la joven, provocó que algunos compañeros del instituto también se burlaran de ella, todo lo cual le ha casuado un «trastorno adaptativo ansioso depreviso moderado».

Mantiene la sentencia que las denunciadas «llevaron a cabo un plan para desprestigiar y humillar a la perjudicada» considerando los hechos «constitutivos de una falta continuada de vejaciones injustas», y termina condenándolas al pago de 18.284,22 € como indemnización por el daño moral que le han ocasionado, según acreditan los informes médicos del caso (informe forense e informe de médico psiquiatra).

Al menos la defensa de una de las denunciadas ya ha manifestado su intención de recurrir dicha sentencia. Aún siendo posible que la sentencia sea revocada, al menos en cuanto a la cuantía de la indemnización, no debemos olvidar que también con nuestra conducta a través de las redes sociales se puede hacer mucho daño e incluso llegar a delinquir. Y eso tiene consecuencias.

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